Prevención y protección contra explosiones: Según la normativa ATEX actual, el empresario tiene la obligación de  impedir la formación de atmósferas explosivas, evitar su ignición y atenuar los daños y efectos perjudiciales de una posible explosión. En este aspecto, el Real Decreto 681/2003, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo, que traspone la Directiva 1999/92/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1999, que establece las disposiciones mínimas para la mejora de la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas (ATEX), contempla una serie de obligaciones del empresario con objeto de prevenir las explosiones y de proteger a los trabajadores frente a las mismas.

Medidas de protección contra explosiones

De conformidad con el artículo 15.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y  con objeto de la prevención y protección contra explosiones,  el empresario deberá tomar medidas para proporcionar protección contra ellas, en función del tipo de actividad.

Estas medidas deben ir enfocadas a impedir la formación de atmósferas explosivas o, cuando la naturaleza de la actividad no lo permita,a  evitar la ignición de atmósferas explosivas y atenuar los efectos perjudiciales de una explosión para garantizar  la salud y la seguridad de los trabajadores.

Cuando sea necesario, estas medidas se combinarán o completarán con otras medidas contra la propagación de las explosiones, siguiendo la normativa ATEX, las cuales se revisarán periódicamente y  siempre que se produzca algún cambio significativo en ellas.

Siempre que en una empresa existan sustancias inflamables en forma de gas, vapor, niebla o polvos combustibles y puedan mezclarse con el aire en cantidades peligrosas existe  riesgo de explosión.

El empresario deberá tomar diferentes medidas técnicas u organizativas contra la propagación de las explosiones, siguiendo los principios básicos de la acción preventiva de la Ley de Riesgos Laborales.

Concretamente, el RD  681/2003 obliga al empresario a lo siguiente:
●    evaluar los riesgos de explosión
●    coordinar la aplicación de todas las medidas relativas a la seguridad y la salud de los trabajadores cuando en un mismo lugar de trabajo se encuentren trabajadores de varias empresas
●    a clasificar en zonas las áreas en las que puedan formarse atmósferas explosivas
●    a elaborar un documento de protección contra explosiones (DPCE).

Contenido del Documento de Protección Contra Explosiones

El Documento de Prevención y Protección Contra Explosiones, (DPCE) es el documento que confirma que los lugares y los equipos de trabajo han sido concebidos, utilizados y mantenidos, teniendo debidamente en cuenta la seguridad, y que se han tomado las medidas oportunas para que la utilización de los equipos de trabajo en las zonas de riesgo ATEX es segura.

El Documento de Protección Contra Explosiones debe contemplar la determinación y evaluación de los riesgos de explosión así como las medidas de prevención y protección para minimizar los riesgos de explosión que no se hayan podido evitar.

Además, en el DPCE deben estar identificadas y clasificadas las áreas o lugares de trabajo donde se puedan formar atmósferas explosivas, según la naturaleza de la sustancia que la provoca, la frecuencia y la duración de la atmósfera explosiva. También deben quedar reflejadas las medidas necesarias para minimizar el riesgo de explosión en las áreas clasificadas, así como las medidas de protección necesarias.

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